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Aplican tiendas de conveniencia Ley General para el Consumo del Tabaco



Tiendas de conveniencia en el área metropolitana de Monterrey acataron puntualmente la Ley General para el Control del Tabaco, con la cual queda prohibido exhibir las cajetillas de cigarros en los mostradores de tiendas y otros puntos de venta.

Desde el pasado domingo 15 de enero, los comercios del área metropolitana comenzaron con el ocultamiento de las cajetillas de cigarros.


La nueva modificación establece en el artículo 33 que los puntos de venta de todo el país no podrán mostrar, directa o indirectamente, los productos elaborados con tabaco.


A partir del pasado domingo, la venta de los cigarrillos se realizará a través de una lista con los productos de tabaco y sus precios, pero sin incluir logotipos, sellos o marcas.


Ante tal disposición, los encargados de las tiendas de conveniencia de mayor afluencia, señalaron que la medida fue un poco repudiada por parte de la clientela, bajo el argumento de que están acostumbrados a ver el producto para poderlo comprar.


"Muchos clientes sólo conocen los cigarros de vista, y luego vienen a comprar y no se explican bien, no les entendemos y para colmo se molestan", mencionaron.


Asimismo, comentaron que desde su punto de vista la medida no abona en nada en el consumo del tabaco, pues los clientes tienen muy arrigado ese vicio.


En tanto, las tiendas de la esquina situadas en diferentes colonias, desconocían por completo la medida y aún tenían exhibidos los cigarrillos.


"La verdad desconocíamos por completo esta nueva ley, escuchamos algunas cosas, más no nos imaginábamos que se trataba de esto", dijeron


Otras tiendas al interior de las colonias, aplicaron a medias la ley, pues únicamente se limitaron a voltear las cajetillas.


Cabe mencionar que, el reglamento describe como exhibición directa “la colocación de los productos de tabaco a través de estantes, mostradores o exhibidores" donde el consumidor pueda observarlos y tomarlos directamente.


Mientras que considera exhibición indirecta cuando los cigarros se almacenen en cajas o recipientes cerrados y se coloquen encima o debajo del mostrador, en armarios o cajones cerrados “que le permitan al consumidor observar indirectamente dichos productos”.


De acuerdo con esta reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre de 2022, estos dos tipos de exhibición se consideran una “acción comercial de publicidad” que se realiza “con el fin de promover y alentar la compra”.


Por ello, la exhibición no podrá realizarse, pues la ley prohíbe “realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco”.

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